jueves, 19 de diciembre de 2013

SOLO EL 10% DE LOS AUTONOMOS PEDIRÁ EL IVA DE CAJA

Los autónomos avisan de que sólo
el 10% pedirá el IVA de caja por las presiones


El presidente de la Federación de Autónomos ATA, Lorenzo Amor, aseguró ayer que el porcentaje de autónomos que se acogerá al régimen del IVA de caja no superará el 10% ante la presión de las grandes empresas con las que trabajan para que no lo hagan.
Amor, que presentó un estudio en el que se analiza la situación de los autónomos en 2013 y sus perspectivas para 2014, pidió al Gobierno que amplíe el plazo para acogerse al sistema del 31 de diciembre actual hasta el 31 de marzo, ya que de lo contrario sólo se acogerán algunos trabajadores por cuenta propia que trabajan para la Administración.
El informe refleja que el 21% de los autónomos encuestados declara que se apuntará al nuevo régimen del IVA de caja, pero Amor afirmó que este porcentaje se reducirá a menos del 10% por las presiones de las empresas para que no se apunten a este sistema, y porque desde Hacienda no se ha hecho una campaña informativa para explicar los requisitos y plazos. Entre otras cosas, destacó, la «inmensa mayoría» de ellos no sabe que tiene que apuntarse antes del 31 de diciembre.
Como adelantó EXPANSIÓN el pasado 20 de noviembre, muchas de las grandes empresas están comunicando a sus proveedores que no volverán a contratar con ellos en caso de que decidan acogerse al denominado IVA de caja. El nuevo modelo establece que las pymes y autónomos que facturen menos de dos millones al año que decidan entrar en el IVA de caja no deberán ingresar el impuesto en Hacienda hasta que cobren, por lo que las grandes empresas con las que trabajan no se podrán deducir el IVA hasta que no hayan pagado.
Por este motivo, dado que las grandes compañías mantienen de forma generalizada unos dilatados plazos de pago –algunas del Ibex lo hacen a más de 200 días– y tienen su pagos protocolizados, están transmitiendo a sus proveedores que si se meten en el sistema, no trabajarán más con ellos. Además, entrar en el nuevo régimen, que los asesores fiscales consideran «complejo», implica costes de adaptación y trámites añadidos en los libros de registro. Estas comunicaciones se están produciendo, sobre todo, en los sectores más morosos, fundamentalmente, en la construcción, seguido de quienes proveen otros servicios a las empresas en el ámbito de la logística, en hostelería.
Amor concretó que el problema se concentra en sectores poco especializados, como construcción y transporte, y menos en los de valor añadido (arquitectos, asesores, etc.).
Al margen de esta cuestión, Amor calificó de «esperanzadores» los resultados de su barómetro y recalcó que la recuperación «vendrá de la mano de los autónomos», que generan 160 empleos netos cada día en 2013.
Con respecto a 2013, el 55% de los trabajadores por cuenta propia reconoce que ha sido un año complicado y que la situación de su negocio es negativa (frente a un 64,7% que pensaba así hace 6 meses), en tanto que sólo el 21,4% afirma que su balance es positivo.
El barómetro de ATA revela que el 35,9% de los autónomos encuestados piensa que 2014 será un año de inflexión y la economía mejorará, mientras que el 37,1% aplaza la recuperación para 2015.
Asimismo, el 30,2% asegura que la situación de su negocio mejorará el próximo año (23,7% hace seis meses), en tanto que el 24,4% considera que empeorará en 2014.


HACIENDA CAMBIA DE CRITERIO EN EL APLAZAMIENTO DEL IRPF


LAS EMPRESAS NO PODRÁN APLAZAR
LAS RETENCIONES DEL IRPF A PARTIR DE ENERO

Hacienda argumenta que la permisividad ha derivado en "conductas defraudatorias".
La "inadmisión" de las peticiones provocará que la deuda entre en la vía ejecutiva.

La facilidad de aplazar el pago de las retenciones en el IRPF ha tocado a su fin. En una instrucción interna a la que ha tenido acceso CincoDías, la Agencia Tributaria insta a todas las delegaciones territoriales a denegar, con carácter general, las solicitudes de las empresas para aplazar las retenciones del IRPF de sus empleados. Esta medida, que entrará en vigor en enero de 2014, sustituye otra orden de la Agencia Tributaria de 2009 de sentido contrario. El cambio cogerá por sorpresa a muchas compañías que confiaban en postergar el importante pago de las retenciones que abonan en enero y que incluyen la extra de Navidad.

La legislación vigente establece que, en principio, las retenciones no son aplazables al tratarse de recursos que no pertenecen a las empresas, sino que derivan del IRPF que pagan los trabajadores. En este sentido, los empresarios actúan como intermediarios o, si se quiere, como recaudadores de la Agencia Tributaria. Sin embargo, ante los problemas de tesorería, Hacienda realizó una interpretación benévola de la ley y permitió a partir de 2009 que las compañías pudieran aplazar las retenciones con la misma facilidad con la que postergan el pago del IVA o el impuesto sobre sociedades.


Qué dice la ley...
Hacienda argumenta que la legislación es muy clara al determinar que las retenciones no son “aplazables”. La norma solo contempla dos excepciones que deberán justificarse con un informe específico.
Así, se concederán aplazamientos de retenciones cuando la empresa afectada “carezca de bienes suficientes para garantizar la deuda” y el posible embargo de bienes afecte a su actividad. El otro supuesto es que la negativa al aplazamiento ponga en riesgo la supervivencia de una gran empresa, lo que perjudicaría los ingresos públicos.
La nueva instrucción fechada el 9 de diciembre indica que esa permisividad ha provocado “una cierta utilización de forma fraudulenta de la figura del aplazamiento”. Hacienda entiende que la práctica seguida por muchas empresas de “solicitar de manera recurrente y sistemática el aplazamientos de deudas tributarias” resulta “una conducta defraudatoria y provoca graves distorsiones en la competencia”.
De hecho, a partir del primero de enero de 2014, las solicitudes de aplazamiento de retenciones se entenderán “inadmitidas”. Hasta ahora, la Agencia Tributaria las aceptaba o rechazaba. En este segundo caso, el contribuyente contaba con un nuevo plazo para ingresar la deuda tributaria. Es decir, pese a la negativa, se mantenía el periodo voluntario de ingreso. A partir de enero, esto cambiará. Así, con carácter general, las solicitudes para aplazar retenciones serán “inadmitidas”, lo que significa que la deuda entrará automáticamente en vía ejecutiva. Por lo tanto, las empresas afectadas deberán abonar un recargo mínimo del 5% y se exponen a sufrir el embargo de bienes por parte de Hacienda. Además, cuando una compañía mantiene una deuda con Hacienda en vía ejecutiva no puede acceder a aplazamientos por otros impuestos, un problema que podría agravar aún más la tesorería de las sociedades. La figura de la “inadmisión” queda recogida en la ley contra el fraude fiscal que el Gobierno aprobó en octubre de 2012 y afecta a deudas tributarias como las retenciones que, con carácter general, tienen la consideración de “no aplazables”. Sin embargo, la nueva normativa no se había aplicado en la práctica.
Fuentes tributarias indican que para evitar este problema, lo mejor es que los empresarios renuncien a solicitar aplazamientos de retenciones y apuntan que ya han comunicado el cambio de criterio a organizaciones de asesores fiscales. En cualquier caso, como señalan los expertos de Cànovas 1852, el despacho fiscal más antiguo de España y con sede en Gerona, el cambio de criterio llega en el peor momento posible, ya que las cuantías de las retenciones de enero son más elevadas que el resto de meses al incorporar la extra de Navidad. Entienden que tendría sentido dar un plazo mayor a las empresas para adaptarse a la nueva interpretación de la Agencia Tributaria.



ÚLTIMOS DÍAS PARA AJUSTAR LA FACTURA FISCAL


Pocos días son los que quedan ya para cerrar 2013.

Un tiempo suficiente, sin embargo, para, en relación con la próxima declaración de renta, reducir los impuestos a pagar. Según el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), "un contribuyente puede estar dejando de ahorrar de media 3.591 euros en su declaración de la renta por no acogerse antes de que termine el año a algunas de las deducciones más comunes y no aprovechar los cambios introducidos en la Ley del IRPF". Bien es verdad también que lograr ese ahorro fiscal -no se incluye el ahorro tributario generado por la compensación de plusvalías con minusvalías- también tiene un coste: la inversión adicional que como media se necesita para agotar al máximo las deducciones suma 16.595 euros.
En la estimación de casi 3.600 euros de posible ahorro fiscal ante la declaración del IRPF de 2013 -se presentará en mayo de 2014- , la parte más significativa, según Gestha, se corresponde con las aportaciones a planes de pensiones (suman 2.245 euros). Dado que reducen directamente la base imponible del contribuyente -se rebajan sus ingresos generales-, en cierto modo garantizan "un ahorro fiscal desde un mínimo del 24,75% hasta un máximo del 52% de la inversión realizada, llegando al 56% en el caso de Andalucía, Asturias y Cataluña". Como en ejercicios anteriores, estas están fijadas en un máximo de hasta 10.000 euros, 12.500 euros para mayores de 50 años (con límites del 30% y 50% de la suma de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas). Hay que recordar que si el cónyuge no dispone de rentas netas del trabajo ni de actividades económicas, o no son superiores a los 8.000 euros, se pueden hacer aportaciones adicionales a un plan de pensiones a su nombre por un máximo de 2.000 euros.
En torno a la vivienda se concentra el segundo capítulo más abultado de los posibles ahorros fiscales, con un promedio de 624 euros (amortizaciones adicionales de 4.163 euros), según Gestha. Los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual o realizaran algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 mantienen el derecho a la desgravación en el año 2014 (15% sobre un máximo de 9.040 euros) y sucesivos siempre que hubieran deducido por esta vivienda en 2012 o en años anteriores. Para apurar al máximo esta posibilidad, las cuotas mensuales pueden tener un tope de 753,33 euros por persona y año. Por cada 1.000 euros de amortización anticipada (reducción del volumen de deuda), el ahorro fiscal es de 150 euros. Conviene recordar que las hipotecas firmadas antes del 20 de enero de 2006 perdieron ya el pasado año su derecho a compensación, que permitía aplicar un porcentaje del 20% de deducción sobre los primeros 4.507,59 euros.
La parte más complicada, pero también posiblemente más rentable, de lograr ahorros fiscales afecta a la obtención de ganancias y pérdidas patrimoniales. Desde el pasado 1 de enero, las ganancias obtenidas (venta de acciones, fondos de inversión...) en un plazo inferior a un año tributan en la base general del IRPF (por tanto, hasta por un 56%). Retrasar, aunque solo sea un día, una operación de este tipo directamente supone rebajar la carga fiscal hasta unos tipos fijos, que varían del 21% sobre los primeros 6.000 euros al 25% hasta 24.000 euros y el 27% por encima de esa cantidad. No compensará prorrogar la operación si el conjunto de rentas es bajo y se tienen tipos inferiores a estos.
Aún hay más: las pérdidas, cada una en su correspondiente plazo, se pueden compensar entre sí. En el caso de las pérdidas a corto plazo, si no hay suficientes ganancias, pueden utilizarse para reducir hasta el 10% del conjunto de rendimientos anuales del particular (y durante cuatro años). Se puede así no solo dejar de tributar por las ganancias, sino también por las rentas. El ahorro puede llegar al 56% de cada 1.000 euros de pérdidas.
Sobre desinversiones hay más alternativas fiscales para reducir impuestos, aunque estas están limitadas a determinados colectivos. Es el caso de quienes suscribieron antes del 20 de enero de 2006 seguros de vida e invalidez cuando estos generaban rendimientos en plazos superiores a los dos años, que al menos en este ejercicio siguen teniendo la posibilidad de aplicarse reducciones sobre los mismos entre el 40% y el 75%.
Como ya sucedía el pasado año, este también conviene si se puede elegir cuándo cobrar una renta del trabajo, siendo esta susceptible de ser reducida en un 40% (bonus o algunos premios de antigüedad irregulares, por ejemplo) y no sobrepasar el límite de 300.000 euros.
Aún hay otras tres recomendaciones adicionales lanzadas por los técnicos: realizar donativos a ONG, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública, sindicatos..., dado que gozan de porcentajes de deducción de entre el 10% y el 25%; llevar a cabo aportaciones a cuentas ahorro-empresa (deducción del 15%, hasta el límite de 9.000 euros anuales) y contribuir a la financiación de los business angels o del capitalsemilla. La Ley de Emprendedores, aprobada el pasado mes de septiembre, establece, con efectos desde enero de este año, que los inversores que se incorporen al accionariado de estas empresas por un plazo que oscila entre 3 y 12 años tendrán derecho a una deducción del 20% en la cuota estatal del IRPF de la inversión realizada, siendo 50.000 euros anuales la base máxima de la deducción, limitada a una participación nunca superior al 40% del capital de la entidad.
Gestha reconoce que todos los declarantes pueden optimizar su declaración en función de su renta, aunque, en su opinión, son precisamente el 3,5% de los contribuyentes con mayores ingresos (aquellos que ganan más de 60.000 euros anuales) los que acaparan las mayores ventajas fiscales, por lo que la media de ahorro no representa realmente al ciudadano medio. De hecho, según estos expertos, el ahorro declarado con las cinco deducciones más comunes del IRPF se extiende desde los 1.357 euros de un asalariado mileurista hasta los 1.952 euros en el caso de ganar 30.000 euros anuales. Mientras alguien que ingresa más de 150.000 euros se está deduciendo unos 5.705 euros de media; quien disfruta de mayores ingresos consigue deducirse una media de 8.294 euros. La media del ahorro fiscal utilizando todas las deducciones suma 2.204 euros, según Gestha. -