Para evitar «regalar» dinero a Hacienda es importante repasar las deducciones que nos corresponden y que el borrador muchas veces no incluye por falta de datos
Solicitamos el borrador de la declaración de la renta 2012, nos sale a
devolver una cantidad y nos conformamos con esta liquidación. No obstante,
conviene siempre revisar el documento para evitar los errores más comunes y no
dejar pasar deducciones que nos corresponden y que la Agencia Tributaria no ha
incluido por no disponer de
los datos o simplemente no tener registrados diferentes cambios en
nuestras circunstancias personales. Estas son las casillas que hay que repasar
para evitar «regalar» dinero a Hacienda:
-Deducción por
alquiler de vivienda habitual: Los contribuyentes podrán deducirse desde
el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo, siempre que su
base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales. Los arrendadores podrán
reducir hasta el 100% cuando alquilen una casa a menores de 30 años. Las
deducciones por comunidades son compatibles con la estatal.
-Compra de
vivienda habitual: Último año en que se mantiene la deducción del 15% con
un máximo de 9.040 euros.Muchas comunidades también permiten la desgravación por
compra de inmueble, en numerosos casos, para jóvenes menores de 35 años.
-Rehabilitación
de vivienda: Siempre y cuando se trata de obras que supongan un ahorro
energético o bien mejoren la higiene y salud del medio ambiente con un límite en
la base imponible inferior a 53.007,20 euros anuales.
-Planes de
pensiones: Pueden suponer un ahorro de entre un 24,75% y un 52% de la
inversión realizada. El límite que se puede aportar es de 10.000 euros y hasta
12.500 euros cuando se tienen más de 50 años.
-Colegios
profesionales: Las cuotas satisfechas serán deducibles con un límite de
500 euros anuales. Solo se tendrá en cuenta cuando la colegiación sea de
carácter obligatorio.
-Deducciones por
maternidad:
Las madres trabajadores pueden deducirse hasta 1.200 euros por cada hijo nacido
hasta los tres años. Para evitar errores a la hora de hacer la declaración, las
madres pueden optar por pedir de forma anticipada el cobro de 100 euros
mensuales a través del modelo 140 de la Agencia Tributaria.
-Por nacimiento o
adopción de hijo: Algunas comunidades ofrecen la posibilidad de
descuentos que varían en función del número de hijos y de si se trata de familia
monoparental o numerosa.
-Cuenta
ahorro-empresa: Es posible deducir el 15% de lo aportado con un límite de
9.000 euros. Cada contribuyente sólo podrá mantener una cuenta
ahorro-empresa.
-Ascendientes que
convivan con el contribuyente: Han de tener 65 años o más o tener
acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33%. No podrán haber
obtenido rentas superiores a 8.000 euros..
-Gastos de
defensa jurídica: Pueden aplicarse solo cuando se deriven de litigios en
contribuyente con entidad de la que percibe los rendimientos del trabajo y con
un límite de 300 euros anuales.
Si ya hemos confirmado el borrador también hay marcha atrás. El
contribuyente podrá reclamar a Hacienda la rectificación de su
autoliquidación con un plazo de cuatro años. Los errores tendrán que ser
acreditados y justificados.
Información de:
http://www.abc.es/economia/20130422/abci-casillas-revisar-declaracion-renta-201304191748.html
gracias por la información.
ResponderEliminarbss