martes, 31 de enero de 2012

"OJO" A LA RETRIBUCIÓN DE LOS SOCIOS TRABAJADORES


En los últimos meses, nos encontramos con la “incertidumbre” del tratamiento  qué va a dar la AEAT a las retribuciones de los socios trabajadores de las entidades jurídicas, y dado que distintas Administraciones siguen liquidando, como actividad económica, disponemos de unas pautas y fundamentos jurídicos para realizar los recursos.


viernes, 27 de enero de 2012

LIBROS DE IVA TRIMESTRALES PARA EL 2014


Se aplaza 2014 de la generalización de la obligación de presentar una declaración informativa con la información incluida en los libros registro prevista en la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido modelo 340, para las empresas que presentan el I.V.A. trimestralmente, pero si nos controlaran mediante el modelo 347, con su formato especial, que explicaremos próximas publicaciones.

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miércoles, 25 de enero de 2012

BONIFICACIÓN EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES


Tipo de gravamen reducido en el Impuesto sobre Sociedades por mantenimiento o creación de empleo.
1. En los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2009, 2010, 2011 y 2012, las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios habida en dichos períodos sea inferior a 5 millones de euros y la plantilla media en los mismos sea inferior a 25 empleados, tributarán con arreglo a la siguiente escala, excepto si de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de esta Ley deban tributar a un tipo diferente del general:
a) Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 euros, al tipo del 20 por ciento.
En los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2011 y 2012, ese tipo se aplicará sobre la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros.
b) Por la parte de base imponible restante, al tipo del 25 por ciento.

viernes, 20 de enero de 2012

TU ASESORIA

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REDUCCIÓN POR CREACIÓN DE EMPLEO


Reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por
mantenimiento o creación del empleo.
También se prorroga durante un año más la reducción del rendimiento neto de las
actividades económicas. Recordamos que este beneficio fiscal consiste en que si
el empresario o profesional mantiene empleo en 2012 respecto a 2008, podrá
reducir los rendimientos netos positivos de la actividad un 20%, siempre que los
rendimientos se declaren por el empresario o profesional, la cifra de negocios sea
inferior a 5.000.000 € y la plantilla media no alcance 25 empleados. El importe de
la reducción no podrá ser superior al 50% del importe de las retribuciones
satisfechas en el ejercicio al conjunto de los trabajadores

jueves, 19 de enero de 2012

DEDUCCIÓN EN VIVIENDA HABITUAL

Deducción por inversión en vivienda habitual y por las cantidades depositadas.

Se recupera esta deducción para todos los contribuyentes del Impuesto eliminando,
por lo tanto, la redacción vigente en 2011 que impedía o limitaba la deducción a partir
de ciertos niveles de renta.
• Deducción estatal del 7,5% de las cantidades satisfechas en el período de
que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual (la parte
autonómica de la deducción, salvo que la Comunidad haya establecido otro
porcentaje será también del 7,5%).
• La base máxima de la deducción es de 9.040 euros.
• Se mantiene en los mismos términos que para 2011 la deducción por
inversión en vivienda habitual para los contribuyentes que efectúen obras e
instalaciones de adecuación en la misma, incluidos los elementos comunes del
edificio y los que sirvan de paso necesario entre la finca y la vía pública.
Recordemos que, en este caso los porcentajes estatal y autonómico son del
10% (deducción 20%) y la base máxima de 12.080 euros/año.

martes, 17 de enero de 2012

INCENTIVO A LA CREACION DE EMPLEO EN AUTONOMOS

Tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo.

• Este incentivo, paralelo al regulado para los empresarios o profesionales en
términos de reducción del rendimiento neto, se prórroga, hasta 2012. De tal
manera que, para los períodos impositivos iniciados dentro del año 2012, estas
entidades aplican el tipo de gravamen del 20% sobre los primeros 300.000 € de
base imponible y el 25% por el exceso sobre dicho importe cuando el importe neto
de la cifra de negocios sea inferior a 5.000.000 € y la plantilla media no llegue a 25
empleados, siempre que, al menos, se mantenga plantilla en el ejercicio iniciado
en 2012 respecto a los 12 meses anteriores al inicio del primer período impositivo
iniciado en 2009.

lunes, 16 de enero de 2012

COMPRA DE VIVIENDAS AL 4% DE I.V.A.

Tipo de gravamen para las entregas de viviendas

El tipo de gravamen superreducido del 4% que se reguló para las adquisiciones de
vivienda a partir del día 20 de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2011, se
mantiene hasta el 31 de diciembre de 2012.

miércoles, 11 de enero de 2012

EL DESCANSO DE PATERNIDAD SE RETRASA

Se retrasa la ampliación del descanso por paternidad. La ampliación de la baja por paternidad hasta cuatro semanas, que estaba previsto que entrase en vigor el 1 de enero de 2012, se ha pospuesto al 1 de enero de 2013. Durante este año se mantiene la misma duración que hasta ahora, es decir, 13 días ampliables a 20 en caso de familias numerosas, que adquieran esa condición con el nuevo miembro o en las que haya algún discapacitado (Disp. Final Octava del RD-Ley 20/2011).

martes, 10 de enero de 2012

LA SUBIDA EN EL I.R.P.F.

Gravamen complementario a la cuota íntegra estatal

• La subida transitoria (2012 y 2013), mediante la nueva escala aplicable a la base
liquidable general va desde un 0,75%, para las rentas más bajas, hasta un 7%
para las rentas más elevadas, añadiéndose un tramo más respecto a los que tiene
la tarifa estatal normal

jueves, 5 de enero de 2012

"OJO" SUBIDA RETENCIONES 19% AL 21% ALQUILERES Y OTROS

El Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público (BOE 31-12-2011 - 75 páginas), introduce modificaciones a la Ley del Impuesto de Sociedades y a la del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por la que se eleva con carácter general del 19% al 21% la retención de la mayoría de  productos vinculados al ahorro.

Entre ellos figuran los rendimientos del capital mobiliario, las ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva (fondos de inversión y planes de pensiones). La subida de la retención del 19% al 21% se extiende a los rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes urbanos y los que se obtengan como consecuencia de la participación en juegos, concursos o rifas, incluso, a los  que procedan de la propiedad industrial y de la cesión de derechos de imagen.

El aumento de las retenciones se extiende, asimismo, a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes. 

miércoles, 4 de enero de 2012

SALARIO MÍNIMO PARA EL 2012

 El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,38 euros/día o 641,40 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.

En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.

Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.

LA VIVIENDA CONTINUA A LA BAJA

Según el informe publicado ayer (02-01-2012) por la Sociedad de Tasación el precio medio de la vivienda nueva libre cayó un 4% en 2011 y en 2012 continuará con la tendencia a la baja iniciada en 2008; dicha sociedad  revela que el pasado ejercicio se iniciaron 81.000 casas. El precio de la vivienda nueva de tipo medio en las capitales de provincia se situó en junio en los 2.376 euros por metro cuadrado construido, con lo que el valor de una casa de 90 metros cuadrados vale unos 213.840 euros

lunes, 2 de enero de 2012

NUEVA LEY CONCURSAL

Ayer ( 01-01-2012) entró en vigor la nueva Ley Concursal, aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 22 de septiembre, y que tiene como objetivo facilitar a empresas y particulares renegociar las deudas fuera del juzgado para evitar entrar en concurso de acreedores. La nueva ley establece que las empresas en dificultades puedan llegar a acuerdos de refinanciación previos a la declaración de insolvencia si reciben el respaldo de los acreedores que representen el 60% de las deudas y cuenten con el informe favorable de un experto independiente. De esta forma, se corrige la capacidad que tenían las minorías para bloquear los acuerdos y que ha obligado a muchas empresas a verse abocadas al concurso de acreedores. Debe de tenerse en cuenta qué más del 90% de los procesos concursales en España acaban en liquidación.