El sector de
pensiones privadas enviará una misiva paralela
¿QUÉ TRABAJADORES RECIBIRÁN
LA CARTA
QUE LES INFORME SOBRE SU PENSIÓN?
(publicado por CincoDías)
Día 23-04-2014
Empleo prepara un cambio en las nóminas de los trabajadores que
incluya también más información sobre sus cotizaciones.
La Seguridad Social ultima el envío de cartas a los trabajadores para
informarles sobre su futura jubilación. Antes de que finalice este año, la
primera hornada de ciudadanos que recibirá esta misiva por correo ordinario
serán los mayores de 50 años afiliados y perceptores por desempleo, que estén
en situación de alta o baja en la Seguridad Social pero que acrediten los 15
años que se exigen como mínimo para acceder a una pensión de jubilación
ordinaria. Este colectivo, según la memoria económica del Real Decreto que
regulará esta información, asciende a 5,3 millones de personas.
A partir de 2015 el colectivo de ciudadanos a los que informará la
Seguridad Social sobre sus expectativas de jubilación y pensión se ampliará a
los mayores de 40 años, con lo que se enviarán aproximadamente cartas a 10,8
millones de trabajadores. Y, finalmente, a partir de 2016, bastará con
acreditar más de cinco años cotizados, independientemente de la edad del
trabajador, para que la Seguridad Social envíe la carta informativa. Esto
elevará el colectivo de trabajadores informados a 17,6 millones.
El coste de este plan informativo para el Ministerio de Empleo ascenderá a
11 millones de euros para los próximos tres años. El Departamento que dirige
Fátima Báñez prevé que el primer envío de estas cartas se realice a los seis
meses desde la entrada en vigor del Real Decreto que se está ultimando, pero siempre antes de que
finalice 2014.
Qué información tendrán la carta
Tal y como avanzó ayer el secretario de
Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, en el Foro CincoDías la
notificación que recibirán los ciudadanos a partir de final de año incluriá
información puntual sobre:
- la edad legal de jubilación que le corresponderá al trabajador si
continuase cotizando al sistema hasta dicha edad;
-la fecha a la que podrá acceder a la jubilación ordinaria;
-los periodos de cotización necesarios para ello;
-el importe anual y mensual de la pensión estimado en euros constantes
calculado sobre 14 pagas.
Empleo precisa que para el cálculo de las expectativas de pensión se
utilizará los datos que tenga la Seguridad Social en el momento de la fecha de
la emisión de la carta. A partir de dicha fecha, se harán estimaciones en
función de criterios técnicos que aún están por definir por parte de la
Secretaría de Estado.
En cualquier caso, con carácter general, se usará como índice anual de
actualización de la pensión el objetivo de inflación del Banco Central Europeo
y no se tendrán en cuenta los coeficientes reductores aplicables a actividades
penosas ni a la jubilación anticipada.
Otra carta del sector privado
Además, la comunicación por parte de la
Seguridad Social deberá ir
acompañada a otra paralela procedente de las entidades privadas sobre los instrumentos de
carácter complementario y alternativo, tales como mutualidades de previsión
social, planes de previsión
social empresariales o planes y fondos de pensiones y seguros individuales y colectivos. En este
caso, la estimación se realizará a partir de las aportaciones realizadas a
estos instrumentos por parte del asegurado, en el caso de haberlas hecho.
La obligación de la Seguridad Social de informar se prolongará hasta que el
trabajador cumpla la edad legal de jubilación, salvo que o acredite en ese
momento el periodo mínimo de cotización exigible; en ese caso se enviará hasta
los 70 años.
En el caso de los instrumentos privados de protección, la comunicación se
producirá hasta que el asegurado cumpla los 65 años y el importe se calculará
sobre 12 pagas, a diferencia de la misiva de la Seguridad Social que hará el
cálculo sobre 14 mensualidades.
Dicho todo esto, el Ministerio de Empleo avisa de que la información que se
remitirá al ciudadano sobre sus futuros derechos de pensión tanto pública como
privada, en caso de tenerla, "tendrá un mero valor informativo y
orientador", por lo que "en ningún caso genera derechos ni
expectativas de derecho a su favor, ni obligaciones o responsabilidades a las
entidades que la emiten". En otras palabras, si en el momento de la
jubilación la pensión que corresponde al trabajador es inferior que la
calculada en estas cartas, no se podrá esgrimir esta información para exigir
una cuantía mayor.
Nóminas más informativas
Además, el proyecto de Real Decreto que
prepara Empleo, prevé implantar un nuevo modelo de nómina que reciben mensualmente los trabajadores
asalariados que ofrecerá información más completa al ciudadano. Se prevé, entre
otras cosas, que incluya
la parte de aportaciones de la
empresa en cotizaciones a la Seguridad Social por cada trabajador, algo
que ahora no figura en estas notificaciones.
No hay comentarios:
Publicar un comentario